martes, 29 de octubre de 2019

Que tan rápido me puedo divorciar en el Perú



El Divorcio Rápido o Divorcio de Mutuo acuerdo, se halla referido a una de las dos formas en la que procede el Divorcio en el Perú. A diferencia del Divorcio por Vía Judicial, conocido también como Divorcio por Causal, el Divorcio rápido, regulado por la ley 29227 del año 2008, procede cuando, una vez transcurrido un mínimo de dos años de celebrado el matrimonio, los cónyuges, de común acuerdo, deciden poner fin al vínculo matrimonial.
La Ley 29227, faculta en este sentido a las Municipalidades acreditadas por el Ministerio de Justicia, así como a las Notarías, para que puedan resolver las solicitudes de Divorcio por Común Acuerdo.
La novedad, y mayor ventaja del procedimiento de Divorcio por Mutuo Acuerdo, viene a ser el plazo y la celeridad con la que este se declara, demora en promedio de 2 a 3 meses.

Condiciones:

Para acceder a este tipo de divorcio, existen algunas condiciones:
  • Ambos deben estar de acuerdo con separarse y divorciarse (mutuo acuerdo).
  • Que hayan transcurrido 2 años o más desde su Matrimonio Civil.
  • Si hay hijos menores de edad o mayores con discapacidad, debe estar resuelto todo lo relacionado con la patria potestad, alimentos, tenencia, visitas, curatela.
  • No tener bienes en común (sociedad de gananciales). Si los hubiera, deben haber resuelto lo concerniente al régimen patrimonial con la debida inscripción en Registros Públicos.
Donde se tramita
  • La notaría,  esta debe estar en la jurisdicción en la que te casaste civilmente o fue el último domicilio conyugal. 
  • En el Municipio, debes saber que no en todas las municipalidades se puede hacer este procedimiento, estas deben ser acreditadas por el Ministerio de Justicia. Revisa si la municipalidad donde te casaste por civil o la que corresponde a tu último domicilio conyugal está en el Registro de Municipalidades Acreditadas por el MINJUS.

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Erick Jove - Abogado
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Juliaca - Puno - Perú

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