martes, 3 de noviembre de 2020

Congreso aprobó retiro de hasta 17200 soles de fondos de AFP ¿de qué trata?

 

Congreso aprobó retiro de hasta 17200 soles de fondos de AFP ¿de qué trata



AFP: Congreso aprobó ley que permite el retiro de hasta S/17,200 de los fondos de pensiones, ¿de qué trata?


El Congreso de la República aprobó con 101 votos a favor el texto sustitutorio del Proyecto de Ley N°4846 y otros, que permitirá a los exaportantes retirar de su fondo privado de pensiones hasta 4 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), es decir, S/17 200.
Este lunes 02 de noviembre el Pleno del Congreso aprobó la ley que permitiría a los afiliados a las AFP retirar hasta 4 UIT (S/17,200) de los fondos de pensiones.
El texto sustitutorio, elaborado por la Comisión de Economía, fue aprobado con 101 votos a favor, 1 en contra y 20 abstenciones.
En la votación anterior, el congresista y presidente de la Comisión de Economía, Anthony Novoa, señaló que esta ley beneficiaría a cerca de 3 millones de afiliados. El parlamentario señala que para 1,8 millones esto significaría retirar el 100% de sus fondos pues tienen menos de S/17,200 en sus fondos de las AFP.

¿Cómo se haría el retiro?


Para poder retirar el fondo, se tendrá que presentar una solicitud -de manera virtual o presencial- dentro de los 90 días posteriores a la vigencia del reglamento de la ley. Posterior a ello, se abonará en tres partes las UITs, siendo desembolsadas cada 30 días. Por tal motivo, la primera UIT será depositada a los 30 días de presentada la solicitud, la segunda a los 30 días del pago de la primera UIT, y la tercera y cuarta UIT en un solo pago pasado 30 días del último depósito.
 
Así también, podrán retirar de manera excepcional 1 UIT los afiliados que no hayan aportado en el mes de octubre y no sean beneficiarios del retiro de las 4 UIT. El procedimiento a seguir es el mismo al mencionado en el anterior párrafo pero el desembolso es en una única oportunidad.
 
Por último, se permitirá el retiro excepcional de 4 UIT en un solo retiro a los afiliados -aportantes o no- que tengan una enfermedad oncológica diagnosticada por una Institución Prestadora de Servicios de Salud (IPRESS).

Cabe recordar que la autógrafa de esta ley deberá ser enviada al Poder Ejecutivo para su observación o promulgación.
 
Cabe recalcar que inicialmente se solicitó devolver el 100% de los aportes cuando por más de 36 meses consecutivos no se ha registrado o retenido los aportes al Sistema Privado de Pensiones de los afiliados.


LEA Y/O DESCARGUE EL TEXTO SUSTITUTORIO HACIENDO CLIC "AQUÍ" 





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