viernes, 15 de enero de 2021

Bicimotos y motocicletas: deben contar con placa, SOAT y tarjeta de propiedad.

¿Sabías que las bicimotos y motocicletas deben contar con SOAT y placa?


¿Sabías que las bicimotos y motocicletas deben contar con SOAT y placa?


MTC exhorta a la ciudadanía a no dejarse sorprender por quienes ofrecen este tipo de vehículos señalando información inexacta sobre su uso y circulación.


Los ciudadanos no deben dejarse sorprender por quienes ofrecen bicimotos y motocicletas eléctricas asegurando que, para circular por el territorio nacional, no se requiere el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) ni placa única de rodaje.

En ese sentido, el Ministerio de Transporte y Comunicaciones (MTC), como ente rector del transporte en el país, precisa que las bicimotos y motocicletas (citycoco), como cualquier vehículo motorizado, deben cumplir lo establecido en el Código de Tránsito.

Este tipo de vehículos se encuentran clasificados en el Reglamento Nacional de Vehículos en la Categoría L1 (velocidad máxima de 50 km) y L3 (velocidad mayor a los 50 km), por lo que deben ser inmatriculados o registrados en la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, además de contar con la placa única de rodaje.


Las bicimotos son aquellos vehículos automotores (a combustión o eléctrico) que cuentan con un motor de baja potencia y no excede los 50 km/h en su recorrido. Se encuentran clasificadas en la categoría L1.

Las motocicletas también son vehículos automotores, pero, a diferencia de las bicimotos, pueden presentar una velocidad menor o mayor a 50 km/h y, según la potencia, se clasifican como categorías L1 o L3.


Asimismo, es necesario que cuenten con el SOAT que, ante la eventual ocurrencia de un accidente de tránsito, brinda cobertura inmediata e incondicional a las víctimas. Conducir sin SOAT constituye una infracción muy grave y la multa (M28) alcanza los S/ 504.

Los choferes de estos vehículos deben tener su licencia de conducir en la Clase B, cuyo trámite se realiza en las municipalidades provinciales.

Vías autorizadas para circular

Las bicimotos y motocicletas circulan por las vías públicas terrestres, y no por las ciclovías ni veredas. Las multas de tránsito se pueden conocer en el siguiente enlace:

https://www.sat.gob.pe/websitev8/Modulos/contenidos/mult_Papeletas_ti_rntv2.aspx. Cabe señalar que no se admite la circulación de bicimotos artesanales, es decir, aquellas que se ensamblan en lugares no autorizados.

El MTC reitera su compromiso de velar por la seguridad vial y el bienestar de los ciudadanos que se trasladan por las vías. Por esta razón, su propósito es que la circulación de los vehículos se encuentre supeditada al respeto de las normas de tránsito y preserve la vida e integridad de las personas.

5 pasos para circular en bicimoto y motocicleta

5 pasos para circular en bicimoto y motocicleta

Fuente: MTC



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