lunes, 19 de agosto de 2019

PASOS PARA REALIZAR EL CAMBIO DE NOMBRE 2019


Para este trámite debe existir una justificación, debes conocer en qué casos puedes cambiar tu nombre, los requisitos y lo que debes pagar.
Hace algunos años cuando trabajaba en el Poder Judicial podía ver que había muchas personas con nombres muy peculiares, sinceramente originales, únicos, que rememoran nombres de artistas del cine, de cantantes, de deportistas, de famosos científicos, personajes de televisión y hasta de fórmulas químicas.
Sin embargo, hay personas a las que no les gustan sus nombres, si eres uno de ellos o tienes un amigo que quisiera cambiarse de nombre, te comparto los pasos para cambiarlo.
¿En qué casos se justifica el cambio de nombre?
Según la web del Poder Judicial, deben “existir motivos justificados”, entonces lo primero que tenemos que hacer es analizar si en verdad nuestro nombre es ofensivo, denigrante o sarcástico, ya que será  una de las razones importantes para cambiarlo. Otro motivo contundente para modificarlo sería que nuestro nombre sea el mismo que el de un homónimo requisitoriado por la ley
¿Dónde y cómo se realiza este pedido?
Lo que se debe hacer es presentar una demanda ante un juez especializado en lo civil o mixto (justificando los motivos) si deseas cambiar tu nombre, tu prenombre o quieres agregar uno a los que ya tienes.
Requisitos para cambiar tu nombre
  • Demanda firmada por el solicitante y abogado.
  • Copia simple del DNI del solicitante.
  • Partida de nacimiento.
  • Cualquier documento que acredite el motivo justificado para el cambio o adición de nombre.
  • Certificado de antecedentes penales.
  • Certificado de antecedentes policiales.
  • Certificado de antecedentes judiciales.
  • Tasa judicial por ofrecimiento de pruebas (abonar en el Banco de la Nación).
  •  Cédulas de notificación suficientes (abonar en el Banco de la Nación).

Procedimiento:
  1. Presentar la demanda ante el juzgado correspondiente.
  2. Una vez presentada la demanda, lo siguiente es publicar los edictos respectivos en el Diario Oficial el Peruano y en otro de mayor circulación en tu región.
  3. Hecho ello, se citará a una audiencia y a la declaración judicial de proceso, seguido a esto, se espera la sentencia del juez.
  4. Una vez terminado, el juez dará una sentencia a favor o en contra.
  5. La decisión será comunicada al RENIEC para iniciar el cambio de nombre.


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Erick Jove - Abogado
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