Lo que necesitas saber sobre la pensión de alimentos - Abogados en Juliaca
Lo que necesitas saber sobre la pensión de alimentos - Abogados en Juliaca |
DATOS QUE NECESITAS SABER SOBRE LA PENSION DE ALIMENTOS
¿QUÉ ABARCA LA PENSIÓN DE ALIMENTOS EN EL PERÚ?
La pensión de
alimentos se define como el deber que tiene una persona de brindar subsistencia
a otra, pudiendo referirse de cónyuge a cónyuge o de un padre frente a sus
hijos. La pensión puede darse mediante acuerdo entre las partes o por vía
judicial.
Por lo tanto abarca
todo lo relacionado con el sustento, vivienda, vestimenta, necesidades médicas,
educación e instrucción. En caso de estar en etapa de embarazo, se deben
considerar los gastos relacionados con la gestación y el parto.
Mediante conciliación,
son los cónyuges quienes eligen la cantidad a pagar. En caso de llegar ante un
juez, es este quien decide el porcentaje tomando en cuenta las necesidades de
quien recibe la pensión y la capacidad económica del demandado.
¿QUIÉNES PUEDEN
INTERPONER DICHA DEMANDA?
- La madre o el padre que no posee el dinero
suficiente para pagar los gastos de la crianza del hijo o hija menor de
edad.
- El hijo o hija mayor de edad, con
incapacidad física o mental comprobada; o que esté cursando estudios
exitosos, hasta los 28 años.
- Las mujeres embarazadas.
¿ANTE QUIÉN SE
SOLICITA?
Se pide a través de
una demanda dirigida al Juzgado de Paz Letrado del lugar donde vive la madre o
padre que demanda o es demandado.
¿CUÁNTO PEDIR POR LA PENSIÓN ALIMENTICIA?
El monto a pagar por
el cónyuge que debe abonar la pensión de alimentos la decide el juez, a no ser
que se haya llegado antes a un acuerdo mediante una conciliación.
La forma de obtener
una pensión justa es mostrando todos los gastos necesarios para la manutención
del menor y los ingresos con los que cuenta el padre.
La pensión de
alimentos mínima en el Perú,
en realidad no existe un mínimo sin embargo un promedio en las cortes del Perú
sería del 20% y el porcentaje máximo que puede otorgar el progenitor es del
60%.
Por lo tanto, te
puedes estar preguntando cómo calcular la pensión de alimentos. Por ejemplo, si
el padre tiene unos ingresos de S/ 2000.00 soles y el juez dictamina que debe
pagar un 40% de sus ganancias, correspondería un monto de S/800.00. El monto,
entonces, varía dependiendo del ingreso (S/ 2000) y el porcentaje a abonar
(40%).
Hay que aclarar que el
60% es el monto máximo que una persona debe pagar y, por lo tanto, si tiene más
de un hijo, el porcentaje nunca pasaría de esa cifra.
En la mayoría de los
casos se suele otorgar el 30% cuando es solo un menor. El porcentaje suele
subir si el hijo cuenta con algún problema o enfermedad.
¿HASTA QUE EDAD SE PAGA LA PENSIÓN?
La pensión de alimentos
se abona obligatoriamente hasta que el menor alcanza la mayoría de edad, que en
el Perú son 18 años. No obstante si el hijo o hija accede a estudios
superiores, debe abonarse hasta que termine dichos estudios.
Puedes
leer: ¿QUÉ SIGNIFICA «ESTUDIOS EXITOSOS» AL ANALIZAR ALIMENTOS PARA
MAYORES DE EDAD?
Además, a partir de la
mayoría de edad, los hijos pueden exigir la pensión en caso no cuenten con la
forma de subsistir. Si el hijo contase con alguna discapacidad, pueden ser
muchos más años a abonar.
En el caso que el
monto se deba otorgar para la manutención del otro cónyuge, se abonará mientras
la persona que recibe la pensión esté impedida física y mentalmente.
Por último, la persona
obligada a pagar la pensión puede dejar de abonarla si los recursos con los que
cuenta ponen en peligro su propia subsistencia o si quien recibe la pensión ya
no necesita de ella para vivir, entre otras.
REQUISITOS PARA LA DEMANDA
Para poder poner una
demanda por alimentos debes contar con:
– Partida de
nacimiento del hijo o hija
– Copia del DNI del
demandante
– Documento que
muestre las necesidades del menor (gastos)
– Ficha de Reniec del
demandado para poder determinar su domicilio
– Documento que
muestre los ingresos del demandado
Debes tener en cuenta
la conveniencia de contar con un abogado experto para que pueda acompañarte y
asesorarte con respecto a las acciones legales que deberías tomar.
¿QUÉ SE DEBE HACER SI
ES QUE EXISTE UN MANDATO JUDICIAL PARA UNA DEMANDA DE ALIMENTOS Y ESTE SE
INCUMPLE?
Primero, se debe
solicitar al Juez que conoció el proceso que elabore una liquidación de la
deuda de la pensión. En este caso, el Juez dará tres días para que se pague la
deuda, bajo apercibimiento de ser denunciado penalmente. Si existen bienes
registrados al nombre del deudor, el Juez puede ordenar su embargo.
A pesar de que la
demanda de alimentos sea una demanda civil, esta puede tener consecuencias
penales por Omisión de Asistencia Familiar. Además, su falta puede llevar a
restringir al padre la visita a su hijo o hija, así como a la inscripción en el
Registro de Deudores Alimentarios Morosos (REDAM). Por otro lado, en última
instancia puede causar que se restrinjan sus ingresos, cuentas bancarias,
objetos o posesiones que tenga.
Nota
Si el padre no cumple
con la pensión
de los alimentos en periodo de 3 meses, la madre puede acercarse
al Poder Judicial y registrarlo en el REDAM (Registro
de Deudores Alimentarios Morosos), este registro perjudicará al padre porque lo
está calificando con un deudor ante cualquier entidad bancaria.
Se recomienda
a las madres que no teman a denunciar al padre de sus hijos por
la pensión, porque es un derecho del menor.
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Tags : Familia Menores de edad
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