viernes, 31 de marzo de 2023

¡ÚLTIMO! T.C, ORDENA DISTRIBUCIÓN GRATUITA DE PÍLDORA DEL DÍA SIGUIENTE EN TODOS LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD PÚBLICA.

 

¡ÚLTIMO! TRIBUNAL CONSTITUCIONAL ORDENA DISTRIBUCIÓN GRATUITA DE LA PÍLDORA DEL DÍA SIGUIENTE EN TODOS LOS ESTABLECIMIENTOS DE SALUD PÚBLICA.

 

El Tribunal Constitucional (TC) ordena al Ministerio de Salud (Minsa) proveer gratuitamente la píldora del día siguiente, un anticonceptivo oral de emergencia (AOE) - levonorgestrel, en cualquier centro de salud del país. Además, el Minsa debe proporcionar información clara y completa sobre su uso, destacando que solo debe ser utilizado en situaciones excepcionales y no como reemplazo de los anticonceptivos regulares.

 

La sentencia emitida en el expediente 00238-2021-PA/TC declara fundada la demanda presentada por Violeta Cristina Gómez Hinostroza contra el Minsa, argumentando que se violaron sus derechos reproductivos, así como su derecho a recibir información y a la igualdad sin discriminación.

 

Además, la sentencia también establece que el sector de salud debe implementar la distribución nacional gratuita de la píldora del día siguiente como una política pública de planificación familiar. Al determinarse que no tiene efectos abortivos, no existen argumentos objetivos ni razonables para impedir que el Estado la distribuya de manera gratuita a los ciudadanos que no pueden adquirirla en farmacias o boticas debido a su situación económica.

 

Cabe señalar que en el fundamento 41, “establece que los derechos reproductivos se circunscriben al reconocimiento de las personas, en este caso de la mujer, de decidir libre y responsablemente si desea tener hijos, la oportunidad de la reproducción, con qué frecuencia, cuántos hijos tener, elección de la persona con quien desea tener hijos, o elegir el método anticonceptivo de su preferencia”.

 

En consecuencia, las mujeres tienen derecho a acceder a toda la información y a todos los métodos anticonceptivos que el Estado pueda proporcionarles para que puedan elegir responsablemente en el ejercicio de su libertad reproductiva.

 

La sentencia cuenta con las firmas de los magistrados Francisco Morales Saravia, Helder Domínguez Haro, Manuel Monteagudo Valdez y César Ochoa Cardich. Sin embargo, Luz Pacheco Zerga y Gustavo Gutiérrez Ticse emitieron votos singulares que declaran infundada la demanda.

 

La controvertida píldora: ¿cuáles son los argumentos que tendrán que examinar nuestros actuales magistrados?

 

LAS POSICIONES SIGUEN DIVIDIDAS EN TORNO A LA PÍLDORA DEL DÍA SIGUIENTE. AQUÍ LOS ARGUMENTOS QUE SE HAN DEBATIDO EN TORNO A ESTE POLÉMICO CASO:

 

1. La píldora no se distribuye gratuitamente, pero sí se comercializa en boticas y farmacias

Se ha dado lugar a una forma de discriminación indirecta, al prohibir la distribución gratuita del anticonceptivo oral de emergencia AOE, en los Centros de Salud del Estado, y pese a ello, se permite su venta en boticas, farmacias, y otros establecimientos privados.

 

2. Las personas de escasos recursos no pueden acceder a la píldora del día siguiente

 

3. Desde el 2009 se incluyó únicamente en kit de víctimas de violación sexual, por qué no distribuirlo de manera gratuita

 

4. Viola derechos reproductivos porque las mujeres no tienen mecanismos para no querer tener un hijo no deseado

 

5. No es abortiva.

 

TE DEJO LA SENTENCIA PUEDES DESCARGARLO AQUÍ.



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