domingo, 3 de mayo de 2020

ESTE ES EL PROTOCOLO QUE APRUEBA MEDIDAS PARA EL RETORNO DE LABORES EN EL PODER JUDICIAL



PODER JUDICIAL APRUEBA PROTOCOLO PARA EL RETORNO PROGRESIVO DE ACTIVIDADES
El Poder Judicial dispuso diversas medidas para el reinicio de sus labores luego de levantado el estado de emergencia por la COVID-19. Así, en los primeros días 7 días aún no atenderá al público; mientras que en los primeros 30 días no se reprogramarán audiencias, y luego de ello estas seguirán siendo virtuales.
Objetivos
Entre los objetivos de las medidas están reactivar los órganos jurisdiccionales y administrativos en forma progresiva, regularizar la carga procesal y administrativa interrumpida por la suspensión de labores, así como garantizar la prestación del servicio a la ciudadanía en el período posemergencia.
También racionalizar los servicios administrativos de justicia para evitar la confluencia de público y mitigar la transmisión y difusión del covid-19.
El CEPJ considera necesarias las medidas extraordinarias contenidas en este protocolo para enfrentar el período posemergencia, con un ambiente fiable para la protección de la salud de magistrados, funcionarios, trabajadores y usuarios sin afectar la prestación de servicio de justicia a la ciudadanía.
Medidas principales
De los primeros siete días –del total de treinta–, el protocolo señala que quedan suspendidos todos los plazos procesales y administrativos.
Las audiencias que aún no hayan sido programadas o no se hayan realizado en su fecha y se encuentren pendiente de reprogramar, debido a la suspensión de labores por el estado de emergencia, se deberán programar luego de pasado el periodo de 30 días a partir del levantamiento del aislamiento social obligatorio, con excepción de las audiencias en procesos de garantía de la libertad, y otras urgentes.
Asimismo, el protocolo prevé que, vencido el plazo de 30 días calendarios de levantado el estado de emergencia, las audiencias se deberán realizar de forma virtual, haciendo uso de la tecnología habilitada por el órgano de gobierno del Poder Judicial, asegurando el estricto cumplimiento del derecho de defensa. Para ello, se establecerá un protocolo para audiencias “on line”.
De igual modo, el documento establece pautas para el ingreso y la permanencia del personal y del público a cualquier edificio del Poder Judicial a escala nacional, el cual no debe superar el 50% del aforo establecido y respetando la distancia social.
Asimismo, fija dos turnos de trabajo: A) lunes, miércoles y viernes, y B) martes, jueves y lunes siguiente, en horario de 8:00 horas a 13:00 horas, por lo que asistencia simultánea del personal será reducida al 50% en cada oficina.
El establecimiento de los grupos de trabajo deberá permitir el desarrollo normal de las funciones de la oficina o despacho, mediante el teletrabajo o el trabajo a distancia.

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