ESTE ES EL PROTOCOLO QUE APRUEBA MEDIDAS PARA EL RETORNO DE LABORES EN EL PODER JUDICIAL
PODER JUDICIAL APRUEBA
PROTOCOLO PARA EL RETORNO PROGRESIVO DE ACTIVIDADES
El
Poder Judicial dispuso diversas medidas para el reinicio de sus labores luego
de levantado el estado de emergencia por la COVID-19. Así, en los primeros días
7 días aún no atenderá al público; mientras que en los primeros 30 días no se
reprogramarán audiencias, y luego de ello estas seguirán siendo virtuales.
Objetivos
Entre
los objetivos de las medidas están reactivar los órganos jurisdiccionales y
administrativos en forma progresiva, regularizar la carga procesal y
administrativa interrumpida por la suspensión de labores, así como garantizar
la prestación del servicio a la ciudadanía en el período posemergencia.
También
racionalizar los servicios administrativos de justicia para evitar la
confluencia de público y mitigar la transmisión y difusión del covid-19.
El
CEPJ considera necesarias las medidas extraordinarias contenidas en este
protocolo para enfrentar el período posemergencia, con un ambiente fiable para
la protección de la salud de magistrados, funcionarios, trabajadores y usuarios
sin afectar la prestación de servicio de justicia a la ciudadanía.
Medidas principales
De
los primeros siete días –del total de treinta–, el protocolo señala que quedan
suspendidos todos los plazos procesales y administrativos.
Las
audiencias que aún no hayan sido programadas o no se hayan realizado en su
fecha y se encuentren pendiente de reprogramar, debido a la suspensión de
labores por el estado de emergencia, se deberán programar luego de pasado el
periodo de 30 días a partir del levantamiento del aislamiento social
obligatorio, con excepción de las audiencias en procesos de garantía de la
libertad, y otras urgentes.
Asimismo,
el protocolo prevé que, vencido el plazo de 30 días calendarios de levantado el
estado de emergencia, las audiencias se
deberán realizar de forma virtual, haciendo uso de la tecnología habilitada
por el órgano de gobierno del Poder Judicial, asegurando el estricto
cumplimiento del derecho de defensa. Para
ello, se establecerá un protocolo para audiencias “on line”.
De
igual modo, el documento establece pautas para el ingreso y la permanencia del
personal y del público a cualquier edificio del Poder Judicial a escala
nacional, el cual no debe superar el 50% del aforo establecido y respetando la
distancia social.
Asimismo,
fija dos turnos de trabajo: A) lunes, miércoles y viernes, y B) martes, jueves
y lunes siguiente, en horario de 8:00 horas a 13:00 horas, por lo que
asistencia simultánea del personal será reducida al 50% en cada oficina.
El
establecimiento de los grupos de trabajo deberá permitir el desarrollo normal
de las funciones de la oficina o despacho, mediante el teletrabajo o el trabajo
a distancia.
SI
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Tags : Abogados Administrativo Estado de Emergencia Instituciones Públicas
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